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UNE-EN 1674:2015, normativa de las laminadoras de masa

UNE-EN 1674:2015 y normativa de laminadoras de masa. Alcance, exclusiones, EN 1672-2, paso al Reglamento (UE) 2023/1230, retrofits y RD 1215/1997.

Maquinaria de proceso de acero inoxidable en una sala de producción de diseño higiénico

La norma de producto de una laminadora de masa es la UNE-EN 1674:2015, armonizada con la Directiva 2006/42/CE. A su alrededor hay otras piezas que el comprador industrial tiene que conocer: la EN 1672-2 de higiene, el paso al Reglamento (UE) 2023/1230 el 20 de enero de 2027, el RD 1215/1997 para los equipos en uso y los reglamentos de contacto con alimentos e higiene.

Normativa de laminadoras de masa de un vistazo

ReferenciaQué cubreEstado a septiembre de 2026
UNE-EN 1674:2015Seguridad e higiene de la laminadora de masaEn vigor, armonizada, sin A1
EN 1672-2Higiene y limpieza de maquinaria alimentariaArmonizada la edición 2005+A1:2009
Directiva 2006/42/CE y RD 1644/2008Marcado CE de máquinasVigentes hasta el 19-01-2027
Reglamento (UE) 2023/1230Marcado CE de máquinasAplicable desde el 20-01-2027
RD 1215/1997Equipos de trabajo en usoVigente
Reglamentos (CE) 1935/2004 y 852/2004Contacto con alimentos e higieneVigentes
EN 18143Laminadoras de pizzaEn elaboración, no vigente

Qué regula la norma UNE-EN 1674 de laminadoras

Su título exacto es «Maquinaria para el procesado de alimentos. Laminadoras de masa de panadería. Requisitos de seguridad e higiene.» La edición UNE es del 23 de diciembre de 2015, está en español e inglés, depende del comité CTN 317 y es idéntica a la EN 1674:2015 (AENOR). Su adopción se anunció en el BOE-A-2016-554.

La norma trata los peligros propios de la máquina.

Está armonizada con la Directiva 2006/42/CE. Figura en el anexo I de la Decisión de Ejecución (UE) 2023/1586, en la versión consolidada de 14 de agosto de 2025 (EUR-Lex). Aplicarla da presunción de conformidad con los requisitos que cubre. Su alcance incluye tanto la laminadora de obrador como la de industria, y es la referencia de cualquier línea de laminado de masa.

Alcance, exclusiones y edición de la UNE-EN 1674

No existe una A1 sobre la edición de 2015. La «+A1» que aparece en catálogos y fichas antiguas era de la edición anterior, la EN 1674:2000+A1:2009, que en UNE se publicó como UNE-EN 1674:2001+A1:2010 con el título «…de panadería y repostería». La edición de 2015 la anuló. Si una oferta cita «UNE-EN 1674:2015+A1», pide que corrijan la referencia.

La norma excluye tres grupos de máquinas.

Tampoco se aplica a máquinas fabricadas antes de su publicación. Para las laminadoras de pizza por gravedad está en elaboración la EN 18143, «Food processing machinery - Pizza dough sheeter machines - Safety and hygiene requirements». BSI prevé su publicación para el 30 de noviembre de 2026 (BSI). Hoy no es una norma vigente.

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Higiene de la laminadora de masa y la EN 1672-2

La EN 1672-2 fija los requisitos de higiene y limpieza de la maquinaria alimentaria. Existe la UNE-EN 1672-2:2020, «Maquinaria para procesado de alimentos. Conceptos básicos. Parte 2: Requisitos de higiene y de limpieza», en vigor desde el 1 de febrero de 2021 y solo en inglés (AENOR, BOE-A-2021-3907).

El matiz está en la presunción de conformidad. La referencia armonizada con la Directiva sigue siendo la EN 1672-2:2005+A1:2009, y la EN 1674:2015 remite a esa edición. Conviene que la documentación del fabricante indique qué edición ha aplicado, porque la presunción de conformidad nace de la referencia publicada en el DOUE.

De la Directiva 2006/42/CE al Reglamento (UE) 2023/1230

Hoy el marcado CE de una laminadora nueva se rige por la «Directiva 2006/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2006, relativa a las máquinas y por la que se modifica la Directiva 95/16/CE (refundición)» (BOE, DOUE-L-2006-81063). En España la transpone el «Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre, por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas» (BOE-A-2008-16387). A septiembre de 2026, el BOE no recoge ninguna norma que lo derogue.

La Directiva queda derogada con efectos del 20 de enero de 2027 por el «Reglamento (UE) 2023/1230 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2023, relativo a las máquinas, y por el que se derogan la Directiva 2006/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y la Directiva 73/361/CEE del Consejo» (BOE, DOUE-L-2023-80916). El texto original fijaba el 14 de enero. La fecha del 20 de enero de 2027 procede de la corrección de errores del DOUE L 169 de 4 de julio de 2023 (BOE, DOUE-L-2023-80952). Las modificaciones posteriores, los Reglamentos (UE) 2024/2748 y 2026/1744, no cambian esa fecha.

Para una línea que se entregue cerca de esa fecha, pide que la propuesta diga bajo qué marco se hará el marcado CE. Su anexo III, punto 2.1, recoge los requisitos de higiene de las máquinas para alimentos. La Decisión de Ejecución (UE) 2026/2015 deroga la 2023/1586 con efectos del 20 de enero de 2027 (BOE, DOUE-L-2026-81356). La presunción de conformidad de la EN 1674 depende siempre de su cita en el DOUE.

Retrofit, modificación sustancial y laminadoras en uso

El artículo 3.16 del Reglamento (UE) 2023/1230 define la modificación sustancial. Su artículo 18 establece que quien modifica sustancialmente una máquina pasa a considerarse fabricante, con sus obligaciones. Desde el 20 de enero de 2027 esto afecta a los retrofits de líneas antiguas, como cambiar el control, añadir estaciones o alargar la línea.

Antes de reformar, analiza con el fabricante o integrador si el cambio entra en esa definición y quién asume la conformidad. Si vas a comprar una línea usada para reformarla, este punto pesa en la decisión. El criterio completo está en qué revisar en una laminadora de masa de segunda mano.

Para las máquinas que ya trabajan en planta, reformadas o no, se aplica el «Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo» (BOE-A-1997-17824).

Contacto con alimentos e higiene en la línea

Rodillos, cintas y rascadores tocan el producto. El Reglamento (CE) n.º 1935/2004, sobre los materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos, exige en su artículo 3 que se fabriquen con buenas prácticas y no transfieran componentes en cantidades peligrosas ni alteren la composición, el olor o el sabor (BOE, DOUE-L-2004-82656).

El Reglamento (CE) n.º 852/2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios, pide en su anexo II, capítulo V, equipos que se limpien perfectamente e instalados para poder limpiar también la zona que los rodea (BOE, DOUE-L-2004-81035). El Reglamento (UE) 2021/382 añadió la limpieza y comprobación del equipo entre producciones con y sin alérgenos (BOE, DOUE-L-2021-80261). En la laminadora de hojaldre industrial esto se traduce en desmontaje rápido y tipo de limpieza definido en la propuesta.

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Contenido orientativo. La configuración y la conformidad de cada máquina las define su fabricante, y este texto no sustituye su asesoramiento técnico ni la lectura de las normas citadas.

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